Artículo: Elección de abogado privado en caso de accidente de circulación
Revista Sant Cugat Magazine – septiembre 2022
En el caso de haber sufrido un accidente de circulación en el que hayáis resultado lisiados o lisiadas como consecuencia de la intervención y culpa de otro vehículo, hace falta que sepáis que tenéis derecho a contratar un Abogado de vuestra elección, y que el coste de esta minuta tiene que ser asumido por vuestra compañía aseguradora.
Esto se así porque se trata de un derecho reconocido por ley (arte 76 d de la Ley 50/80 de Contrato de seguro) y, por lo tanto, tenéis la opción de escoger un abogado de vuestra confianza, sin que sea obligatorio aceptar el gestor, tramitador o Letrado asignado por vuestra aseguradora. La libre elección de Letrado (también la de Procurador) establecida en el seguro de defensa jurídica se uno de los derechos que tiene garantizado todo asegurado, no obstante, hay que decir, que este derecho presenta 2 limitaciones fundamentalmente.
La primera, de carácter cuantitativo, se a decir, relativa al importe máximo que vuestra entidad aseguradora llegará a pagar por las minutas del profesionales designados. Este importe vendrá fijado por el condicional particular de la póliza y puede variar en función de la entidad aseguradora entre los 200 y 3000.-€ por siniestro.
Y, la segunda, relativa al solicitante del abogado de libre elección, estableciéndose que este o esta tendrá que tratarse del tomador/-a de la póliza, del propietario/-a del vehículo en el momento del accidente o al conductor/-a del mismo (a no ser que se trate de un conductor no declarado a la póliza o menor de 25 años, -no todas las aseguradoras aplican estas exclusiones- ). A priori, quedarían fuera los ocupantes del automóvil, no obstante, hay determinadas aseguradoras que admiten que estos también puedan hacer uso de la libre elección de Abogado (siempre y cuando el causante sea un tercero y no el conductor del vehículo en el que viajarais cuando sufristeis el accidente).
Por último, hace falta que sepáis que vuestras pólizas del hogar también contemplan la libre elección de abogado para un gran número de eventualidades en el que el responsable se un tercero, no únicamente por asuntos relacionados con accidentes de circulación.
Desde CLAIMGRUP nos ponemos a vuestra disposición para estudiar vuestro caso y asesoraros adecuadamente , gestionando, si así lo deseáis, el procedimiento para tener derecho en la libre designa de Abogado. Os animan a que hacéis uso de la libre elección de Abogado para elegir el profesional que más confianza os haga, sin necesidad de aceptado en todos el casos el que os venga “dado” por vuestra aseguradora.
Rubén Tirado González